Renta Básica de las Iguales · Oinarrizko Errenta · Renda Bàsica de les Iguals · Renda Básica das Iguais · Basic Income for Equal Citizens
Renta Básica, participación ciudadana y transformación social (hay que apostar por un modelo fuerte)
No venimos a pedir limosna, venimos a exigir justicia. Comandante Esther del EZLN
Los modelos de bienestar social: ¿qué origen? ¿qué futuro?
Los sistemas de protección social pública que se establecen en los diferentes países desde mediados del siglo XIX son el resultado de las reivindicaciones y los pactos acordados entre los grupos dominantes del sistema capitalista y los representantes de los movimientos obreros y populares.
Estos sistemas de bienestar social se fueron implantando casi siempre teniendo como orientación dos modelos1 de referencia: el de seguro y el de solidaridad:
En el modelo de seguro (Bismarck), "los trabajadores renuncian obligatoriamente a una parte de sus remuneraciones presentes, para constituir un fondo que se utilizará para cubrir los gastos de la atención de su salud, para suministrarles un ingreso cuando no puedan trabajar, ya sea porque pasaran cierta edad, tuvieran un accidente, enfermedad o se vieran afectados por desempleo involuntario. El contrato de seguro relaciona a un asegurado, que paga regularmente un prima al asegurador, con un asegurador que, en caso de siniestro o de hacerse efectivo un riesgo, paga una indemnización al asegurado. Este modelo de Estado del Bienestar se basa en un sistema de seguros sociales de carácter obligatorio que efectúa descuentos y transferencias, pero que no necesita más justificación ética que el interés personal de los cotizantes. Por tanto, no se puede percibir la prestación si previamente no se ha pasado por el mercado de trabajo y se contribuido con la correspondiente cuota social". (Van Parijs)
En el modelo de solidaridad (Beveridge), "todos los titulares de ingresos primarios (del trabajo y del capital) renuncian obligatoriamente a una parte de sus ingresos para constituir un fondo que suministrará a todos los miembros de la sociedad un nivel mínimo de recursos, incluida la prima de un seguro de salud, ya sea porque no son capaces de atender ese mínimo de recursos por sus propios medios (en razón de edad, incapacidad, accidente, enfermedad) o por la imposibilidad de encontrar un empleo cuya remuneración le resulte suficiente. Esta solidaridad, expresada por las transferencias entre personas activas y no activas, se justifica porque toma en cuenta los intereses de todos, lo cual constituye la solidaridad en sentido fuerte, la solidaridad con aquellos a los que la suerte natural o social ha ubicado desde el principio en situaciones menos favorables que la nuestra". (Van Parijs)
Hasta estos momentos, y siguiendo con Van Parijs, "toda la historia del Estado del Bienestar (o casi toda) puede ser leída como la historia de la lucha entre esos dos principios: por una parte, un principio de seguro simple, que es una solidaridad débil (reducible al interés personal) entre afortunados y desafortunados ex post2;y por otra, un principio de solidaridad fuerte (que va más allá necesariamente del interés personal) entre afortunados y desafortunados ex ante".
Ahora bien, en la etapa del capitalismo global, con un modelo de protección social pública caracterizado por la combinación de estos dos modelos, al Estado del Bienestar actual le queda muy poco tiempo de vida.3 ¿Qué hacer entonces?
En el modelo de equidad (Van Parijs), este autor propone la necesidad de "impulsar un Estado del Bienestar para el tercer milenio, que consista en un modelo de solidaridad más grande... un tercer modelo justificado desde la equidad...". Apoyándose en Thomas Paine (1796), "que proponía gravar la renta de tierras o haciendas, y distribuir el total incondicionalmente bajo la forma de una asignación a cada adulto..., en este modelo de la equidad ya no se trata de transferir desde los más afortunados a los desafortunados, por temor a encontrarse un día en la misma situación que estos últimos (justificación aseguradora), ni tampoco porque los afortunados hubieran podido encontrarse en la misma situación (justificación solidaria). No, las transferencias están aquí requeridas por el simple hecho de dar a cada uno una parte igual de nuestro patrimonio común en el más amplio sentido (justificación equitativa). La prestación universal máxima sostenible no hace sino distribuir, tanto como sea posible entre todos, un patrimonio que tiende espontáneamente a ser monopolizado, muy desigualmente, por los que están mejor o más ávidos de aprovecharlo".4
No compartimos esta propuesta de modelo equitativo a lo Paine, no tanto por la equidad, que es un valor humano a reivindicar permanentemente, sino porque la naturaleza y la dinámica del capitalismo es esencialmente contraria a tolerar que exista justicia no burguesa ex ante y ex post.5 Nuestra visión consiste en que la evolución de las fuerzas productivas a lo largo del siglo XX ha traído consigo la etapa de la globalización capitalista. Se trata de un período duro para el bienestar de las poblaciones, debido a que el Capitalismo está consiguiendo afianzar un sistema económico globalizador, la consolidación del neoliberalismo, y la dictadura de la burguesía. Unos en nombre del conservadurismo democrático, otros de la social democracia, y otros del centro,6 pero todos están imponiendo/proponiendo las llamadas políticas neoliberales del sistema capitalista en todo el mundo. Políticas conservadoras que tienen en común la materialización de los siguientes objetivos: la desregulación total del mercado de trabajo; la disminución del gasto en pensiones, en el subsidio de desempleo, y en el resto de las prestaciones del Estado del bienestar; la paulatina implantación de un sistema fiscal regresivo; una más amplia liberalización del mercado de capitales; la privatización de la educación, la sanidad y los servicios sociales del sector público para que el Capitalismo pueda ampliar aquellas áreas susceptibles de substanciosos beneficios. No se oculta que se trata abiertamente de favorecer a todos aquellos intereses (Burguesía) relacionados con el Capital, y eliminar aquellos otros de las personas (Proletariado) dependientes del Trabajo. En los Estados Unidos ya se han elaborado incluso "programas sociales" con la intención de matar al pobre, y poder substituir los anteriores que tenían como finalidad la de aliviar la pobreza.
Por esto, para enfrentar esta realidad política y social que está imponiendo la dictadura de la burguesía, y más concretamente en Europa y en España, volvemos a preguntar: ¿qué podemos hacer?, ¿qué se está haciendo? Coincidimos con Van Parijs en que ha llegado el momento de reflexionar sobre un nuevo sistema de protección social, nuevo en el sentido de substituir buena parte de la Seguridad Social actual por la implantación de la RB. Pero también mantenemos que ha llegado el momento de enfrentarse al capitalismo del próximo milenio con nuevas armas y conceptos, con una propuesta político-social que sea también lo más globalizadora posible. Para ello, y como hemos señalado anteriormente, propongo:
Un modelo anticapitalista, desde una argumentación filosófica según la cual la RB no tenga como finalidad constituirse en el tercer modelo de Estado del Bienestar, sino en la de ser meramente un instrumento de lucha a disposición de todos los colectivos que estén explícitamente comprometidos con la transformación del sistema capitalista.
La justificación para proponer un modelo anticapitalista de RB la argumentaremos más abajo, así como también explicaremos cual es la idoneidad de la RB como instrumento de transformación social. De todas formas, finalizamos este epígrafe con la inclusión del juicio moral que Günter Grass, un escritor tan sensibilizado con los problemas políticos y sociales de su época, hace de los avances y los resultados del capitalismo; este autor denuncia el sistema capitalista destacando como, al borde del Siglo XXI, "la ciencia y las tecnologías poco o nada han hecho para solucionar la pobreza y el hambre". Reconoce que se ha conseguido "transplantar riñones y corazones nuevos a cualquiera que pueda pagarlos, telefonear de forma inalámbrica, es decir, todo aquello de lo que es capaz el cerebro humano de plasmar". Pero, recalca, como "la pobreza y el hambre todavía permanecen. Es más, incluso aumentan porque no hay voluntad de resolverlas".7
La Renta Básica: un nuevo derecho burgués
La RB consiste en el derecho que ha de tener todo ciudadano/a a percibir periódicamente unos ingresos en dinero para satisfacer las necesidades materiales, y sin ninguna contrapartida a cambio. Esto quiere decir que la RB ha de ser concedida de forma individual, universal e incondicional.
La RB constituye un nuevo derecho ciudadano que facilita la materialización de los demás derechos del hombre y del ciudadano al proporcionar los medios económicos imprescindibles para la independencia y autonomía de la persona. En realidad, es un nuevoderecho burgués que permite la consecución, en unos casos, y la defensa en otros, de los 30 artículos (derechos) establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. La Renta Básica tendría que convertirse en el derecho 31.
La RB, por su carácter incondicional y ajeno al mercado de trabajo, presenta un mayor atractivo que otras prestaciones que existen en la actualidad, al evitar las connotaciones humillantes de la pobreza y la asistencia social. Incluso en sus fases de aplicación parcial, siempre que no conlleve una contraprestación laboral, puede facilitar la mejora y dignidad de la atención a ciertos colectivos. Sólo esta característica ya justificaría el interés social por este nuevo derecho.
Sea lo que sea, como nuevo derecho ciudadano, la RB requiere de una justificación ética. Justificación que hemos mostrado sólidamente anclada desde dos dimensiones diferentes de los principios éticos8:
Para quienes parten de una interpretación liberal progresista o socialdemócrata de las sociedades (Nozick, Rawls, Van Parijs),9 la teoría propietarista y el liberalismo igualitario muestran que la apropiación privada por parte de los capitalistas de los bienes y servicios producidos por los trabajadores, requiere de unas compensaciones como la RB, para que las sociedades capitalistas puedan ser más equitativas. Son interpretaciones dirigidas a corregir las profundas desigualdades sociales que genera el sistema actual, sin que ello suponga un cambio radical del mismo régimen; los ciudadanos continuamos rigiéndonos por la libertad burguesa, la justicia burguesa, la democracia burguesa, y la explotación de la persona en el proceso productivo capitalista. Los autores de El manifiesto comunista clasificarían esta interpretación entre dos tipos de socialismo: el pequeño burgués y el conservador. Dirían que es una propuesta que trata de "encajar por la fuerza (de las ideas) los medios modernos de producción y de cambio en el marco de las antiguas relaciones de propiedad... y que trata de remediar los males sociales con el fin de consolidar la sociedad burguesa..." (Marx-Engels; 1996, 66-69)
Para quienes planteamos una interpretación crítica, rechazando las sociedades de clase, y el capitalismo en particular, por ser esencialmente injustas, la RB puede convertirse en un importante instrumento para transformar radicalmente estas sociedades. Más preciso; los que hablamos de una lectura y un modelo fuerte de RB, pensamos que no se necesita más justificación ética de la misma que considerarla como un medio para luchar contra el capitalismo. Aquí la exigencia de la justificación se desplaza ella misma a enjuiciar la naturaleza moral de la sociedad, a demostrar por qué el capitalismo es un orden social injusto; es decir, la propuesta de transformación del sistema capitalista sí que requiere de una justificación ética.10 Y esta evaluación es indispensable, entre otras razones porque estamos de acuerdo en que el fin (emancipación de la sociedad capitalista) no siempre es suficiente para justificar elmedio (la RB); pero tampoco aceptamos que el medio (aplicación de la RB para un tratamiento maximin de las desigualdades sociales) sea suficiente para justificar el fin (mantener la defensa del sistema capitalista).
Por consiguiente, ¿aportar una justificación para ir contra el capitalismo?, indispensable; ¿demostrar la idoneidad de la RB como instrumento para luchar contra el capitalismo?, necesaria; ¿enredarse en una justificación de la RB para sostener el capitalismo?, irrelevante.
La Renta Básica: un instrumento de lucha anticapitalista
Para Marx, el concepto de justicia es un concepto jurídico, que cumple dos papeles: en el primero, la justicia está totalmente determinada por las exigencias del modo de producción dominante; y en el segundo, la justicia es sinónimo de ley. Asimismo afirma que los derechos humanos no son más que simples instrumentos de la clase dominante para conseguir y defender sus propios intereses. Además, aunque el autor los considera positivos, remarca que por ello no son transcendentales o eternos.
De todas formas, Marx acepta que hay que utilizar las instituciones y los derechos legales burgueses para conseguir la transformación de la sociedad capitalista. En este sentido, la utilización de los derechos burgueses pueden y deben ser ejercidos como instrumentos de lucha para la emancipación del ciudadano político, en primer lugar, y finalmente absoluta del género humano. En esta cuestión, Marx es bien explícito: "La demanda de mayores salarios y menos horas laborales han sido siempre las reivindicaciones que permitieron a las clases oprimidas tomar conciencia de su realidad... dado que las relaciones reales de producción y poder quedan más al desnudo en aquellos conflictos políticos en los cuales la clase obrera luchó contra las injusticias sociales". Estos conflictos representan "las locomotoras políticas de la historia". (Marx-Engels Selected Works; La lucha de clases en Francia, 1:217) A su vez, la huelga tiene la capacidad de desvelar un conjunto de mecanismos e instituciones de represión puestas al servicio de los empresarios, como son los juzgados, la policía, el ejército y los medios de comunicación. También pone al descubierto el carácter sistémico de la explotación capitalista,
Pero, a pesar del papel positivo de estas reivindicaciones, hemos de evitar caer en la trampa del reformismo. Es increíble, advierte, que haya "sindicatos que continúen reivindicando únicamente una tasa de explotación más suave y no la abolición del sistema salarial". (Marx-Engels Selected Works; Salarios, Precios y Beneficios; 1:446) Pero remarca también que las luchas transformadoras han de estar enfocadas especialmente a conseguir modificaciones en la base material (producción y consumo), y en la conciencia de los trabajadores y ciudadanos; han de asumir que la emancipación llega con la destrucción del sistema capitalista, y no con la aceptación de unos derechos que no pasan de ser guardianes de una situación exclusivamente legal.
Tras esta primera explicación, es posible ahora precisar la justificación ética de la RB para quienes parten de una idea de la justicia de tipo marxista. Para estos, la razón ética principal para reivindicar la RB consiste en que la misma puede ser un importante instrumento de transformación del sistema capitalista hacia un sistema más justo (un sistema de índole colectivo), un vehículo de cambio que conduzca a alterar las bases materiales, el sistema de producción e intercambio del sistema basado en la propiedad privada.
Una vez considerada como un derecho ciudadano, y mientras la estructura social básica sea capitalista, la RB puede jugar una doble tarea. Por una parte, y vinculada a la justificación liberal, dicho derecho puede desempeñar únicamente un papel legitimador, a la manera que están actuando las reivindicaciones laborales habituales. Por otra parte, utilizada con la voluntad de transformación social, de participación ciudadana, puede convertirse en un poderoso instrumento de cambio hacia sociedades donde se pueda vivir una verdadera emancipación. Poderoso mecanismo porque incide y pone en cuestión un elemento esencial del sistema, que es el del paso obligatorio por el mercado de trabajo para tener acceso a las rentas, al bienestar individual y social de las poblaciones. El capitalismo requiere que el no propietario de medios de producción tenga que trabajar imprescindiblemente. La RB permite que esta exigencia del capitalismo se debilite profundamente, e incluso que desaparezca, si solo se pretende un consumo básico. Al convertir la obligación al trabajo en un genuino derecho al trabajo proporciona a la RB una dimensión en profundidad y alcance que la convierte en un instrumento privilegiado, no para suavizar el sistema, sino para transformarlo.
Cuatro peligros acechan la Renta Básica
Existen varios elementos que ponen en peligro las características fundamentales de individualidad, universalidad e incondicionalidad de la RB. Consisten en justificarla por la pobreza, o en que se identifique con la propuesta del impuesto negativo, el concepto de salario social y la exigencia de una contraprestación social y/o laboral11:
Pobreza. Una cosa es que uno de los objetivos de la RB sea la erradicación de la pobreza, castigo del sistema capitalista y, para ello, se establezca que la cantidad que ha de percibir cada ciudadano beneficiario sea por lo menos, igual a la que viene determinada por el umbral de pobreza. No obstante, por ser un derecho ciudadano, la consecución de este derecho nada tiene que ver con el nivel de riqueza o pobreza, empleo o paro, que puede estar experimentando cada ciudadano y la economía de un país.
Impuesto negativo. La propuesta del impuesto negativo nace dentro de la corriente conservadora para neutralizar la formulada por la RB, así como para aliviar el problema de la pobreza dedicando el mínimo de dinero, aspecto desarrollado extensamente en Ante la falta de derechos, ¡¡Renta Básica, Ya!!.
Salario social y contraprestación. Cuando una persona trabajadora carece de ingresos y no encuentra empleo solicita del Estado el subsidio de paro no contributivo. Los beneficiarios que consiguen esta prestación social, por suponer una ayuda asistencial, no tienen que realizar ninguna tarea como contraprestación a la misma. Por tanto, nos parece una equivocación rebautizar el subsidio de paro no contributivo, con el término de salario social, puesto que salario implica siempre una contraprestación en trabajo. Todo ello conlleva el peligro de identificar salario social con la exigencia de que el beneficiario haya de realizar alguna contraprestación a cambio. Si el Estado, cuando concede el subsidio de paro no contributivo no exige ninguna contraprestación, ¿por qué han de identificarlo con ésta, los movimientos ciudadanos, sindicales o políticos, supuestamente de izquierdas?
Hay que apostar por un modelo fuerte de Renta Básica
Actualmente, debido al interés social y político que ha suscitado el tema, se pueden encontrar propuestas muy variadas de subsidios públicos a las que algunos denominan RB. Hay muchas y se pueden hacer distintas lecturas de la RB, así como muchos y variados los modelos que se pueden aplicar a cada una de estas versiones. No obstante, según los objetivos que se persiguen con la implantación de la RB, así como las ventajas que se pretenden obtener, se requiere un determinado modelo de RB. Por tanto, todo el contenido de implantación de la RB puede variar de acuerdo con las opciones específicas que se tomen, y que serán diferentes según los criterios de selección de los otros modelos.
Para nosotros, la RB no es una propuesta de modificación marginal de los sistemas de protección social actuales, sino que su implantación tiene que suponer una transformación social y política de gran alcance, afectando muy substancialmente a muchos aspectos de la vida social, tales como la distribución de la renta, el sistema fiscal, el mercado de trabajo, el papel del trabajo (asalariado, doméstico, voluntario), así como las motivaciones para su oferta, su impacto en los movimientos sociales y la participación ciudadana en la vida política.12
En términos de capacidad productiva, la economía española produce la suficiente renta para proponer y financiar un modelo fuerte de RB. Las cinco características que definen nuestro modelo como fuerte son que incluyen en el cálculo básico la posibilidad de que la RB:
se proporcione a toda la población una parte de la misma de forma personalizada
que la suma a percibir por cada perceptor sea la misma para cada persona
que la cuantía por persona sea igual a la definida como umbral de pobreza
que sustituya a casi todas las demás prestaciones económicas en vigor: pensiones, subsidios, subvenciones, ayudas, etc.
y que el importe total de la RB se divida en dos partes; una parte la percibirán directamente las personas, y la otra se dedicará a las inversiones de carácter colectivo: sanidad, educación, vivienda, transporte, medio ambiente, etc.
La utilización de este modelo fuerte asegura cuatro de los objetivos que están en la base de la elección de este modelo:
evitar loscostes burocráticos que supone administrar la RB
no aumentar más el control que el Estado ejerce sobre los ciudadanos/as
erradicar la pobreza económica al utilizar la mitad de la renta per capita, o umbral de pobreza, como criterio monetario
y asegurar la participación ciudadana en la asignación de la parte de la RB que se ha de dedicar a las bienes (inversiones) y servicios de índole colectivo.
La RB se orienta a la satisfacción de las necesidades de las personas de una sociedad. Y se plantea que éstas dispongan de los medios materiales necesarios para ello. No obstante, las necesidades no se resuelven todas a nivel individual, sino que requieren la existencia de bienes colectivos. Por ello, nuestra concepción de la RB supone reforzar también la provisión de éstos. Con este objetivo se plantea que, de los fondos totales dedicados a la Renta Básica, se dedique una parte (en este trabajo el 20% del Fondo RB) a la satisfacción de las necesidades colectivas, en lugar de la distribución individual. Esta dedicación de una parte de la RB a la inversión de índole colectiva responde a dos finalidades premeditadas: recuperar las virtudes que tiene el uso de los bienes públicos frente a todo el discurso actual dominante de ensalzar el individualismo y, asimismo, instituir los medios por los cuales los ciudadanos puedan participar en las decisiones de asignación de los recursos. En si misma, la naturaleza de la RB es de carácter colectivo; esto quiere decir que contiene la expresión de la voluntad colectiva de asumir la necesidad de proteger y asegurar el bienestar de las personas consideradas como individuos sociales.
Además, hay otras tres razones para apostar por la aplicación de este modelo de costo y financiación de la RB:
La primera es que la lectura anticapitalista de la RB que proponemos requiere un modelo fuerte de transformación.
La segunda es la que nos permite distinguirlo y distanciarlo de los modelos débiles de RB que se propugnan en otros estudios: estos pueden tener más posibilidades políticas a la hora de aplicarlos, pero conllevan intrínsecamente un sinfín de inconvenientes económico-burocráticos a la hora de aplicar estos modelos parciales.
La tercera consiste en advertir que todos aquellos subsidiosd e tipos múltiples que ofrece el Estado, o que reclaman algunas organizaciones, no son lo mismo que la RB, aunque frecuentemente nos los presentan como si fuesen iguales: estos esquemas de protección social fomentan y amparan las trampas de la pobreza y del paro.
Los modelos débiles, o parciales, son aquellos que modifican alguna de las características que definen la RB. Es decir, se concede la RB únicamente a una parte de los ciudadanos o a la familia; casi siempre por un importe bastante menor que el del Umbral de Pobreza; y a veces exigiendo alguna contraprestación por parte del ciudadano/a sujeto del derecho; son mecanismos mucho más limitados de organización social en relación con el modelo fuerte que defendemos. Además, aunque los modelos débiles son políticamente más fáciles de implantar, violentan los principios de individualidad, universalidad e incondicionalidad, limitando los objetivos y reduciendo ostensiblemente el bienestar de los ciudadanos que se pretende conseguir con el modelo fuerte. Si tomamos el Cuadro 2, y aplicamos el criterio de Pobreza Severa en vez del Umbral de Pobreza, comprobamos como con el 25% del PIB cubrimos las necesidades de RB de toda la población; la medida es más barata, pero perdemos nuestro objetivo de erradicar la pobreza de las personas empobrecidas.
Todavía se podría ir suavizando más el modelo, pero esto nos llevaría a seguir violentando mucho más nuestras propias premisas. Es decir, cualquier modelo de carácter familiar introduciría el control y el gasto burocrático, con lo que la RB ya no sería incondicional ni un derecho individual. El PIRMI, puede servir de ejemplo para ilustrar las limitaciones de los modelos débiles13:
"El PIRMI consiste en la concesión de una renta mínima por parte de los poderes públicos, a aquellas familias o personas que se encuentran en una situación de pobreza o marginación. Como la finalidad principal del Programa es la integración social y la inserción laboral.., los beneficiarios están obligados a... firmar y cumplir el convenio de inserción o reinserción social y/o laboral que se acuerde en cada caso".14
Esto implica que las limitaciones y las diferencias cualitativas entre el derecho ciudadano a la RB y los programas sociales del tipo rentas mínimas de inserción, como es el caso del PIRMI, sean considerables. Por ejemplo:
El PIRMI no es un derecho ciudadano, sino un subsidio que se otorga a la familia.15 Se concede de forma asistencial.
El PIRMI no es un derecho universal; no todos los ciudadanos pueden beneficiarse del mismo, sino únicamente las familias pobres que se encuentren dentro de la definición oficial; luego, no se erradica sino que permanece el estigma de la pobreza. En el 2000, la cuantía del PIRMI era de 47.506 pesetas mensuales, y suponía un 67,2% del SMI; en este mismo año, la RB era un 123,9% del SMI. (Cuadro 2)
El PIRMI no es un derecho incondicional, ya que su concesión está sujeta al compromiso de inserción en el mercado de trabajo y al nivel de ingresos de la persona o familia beneficiaria; luego, no se erradica sino que permanece el estigma del parado y se generaliza el estigma del subsidiado.16
El PIRMI introduce un coste social, en términos de control; y un coste económico muy elevado, en términos de administración burocrática; hay que demostrar el origen y el nivel de ingresos, así como cumplir todo aquellos otros requisitos diseñados en el programa de inserción sociolaboral.
El PIRMI atropella los principios de universalidad e incondicionalidad y, parcialmente, el de individualidad.
En los Cuadros 1 y 2 presentamos las diferencias que existen entre el modelo fuerte y la posible aplicación de modelos débiles:
Cuadro 1. El hecho de aplicar un criterio fuerte de cantidad, como el Umbral de Pobreza supone un porcentaje bastante más elevado que la concesión de criterios débiles de cantidad: sobre el Subsidio de paro, un 22,0% más de dinero; sobre el SMI un 23,9%; sobre la renta mínima de inserción en Cataluña PIRMI un 56,7%; el doble sobre el concepto de Pobreza severa, etc.
Cuadro 2. El hecho de aplicar el Umbral de Pobreza a toda la Población compromete al Gobierno ex ante a que un 50% del PIB esté redistribuido previamente entre todos los habitantes, dejando para el mercado la distribución del otro 50% del PIB. En este nuevo modelo de redistribución de larenta, además de las categorías tradicionales económicas que se utilizan, como la "Remuneración de los asalariados", el "Excedente neto de explotación", los "Impuestos menos las subvenciones", y el "Consumo de capital fijo", aparece una nueva categoría de reparto de índole ciudadana: la Renta Básica Individual y Colectiva. A su vez, el hecho de que únicamente se distribuirá el 40% del PIB17 en forma de RB individual, crea la necesidad de instituir un mecanismo de participación ciudadana para debatir y acordar cómo se ha de distribuir el 10% del PIB en forma de RB dedicado a los bienes y servicios de carácter colectivo: sanidad, educación, transporte, vivienda, medio ambiente, etc.
La Renta Básica: un espacio político
Añadamos un breve comentario acerca de las condiciones para que la RB se materialice. La RB no es un problema técnico o económico-financiero, sino político. Por tanto, su implantación requiere voluntad y fuerza política para conseguirla, un espacio donde converja la acción conjunta de la justificación ética (razón) y la participación ciudadana (fuerza). Por ejemplo:
En desacuerdo con el comportamiento absolutista de la Corona británica, Oliver Crownwell no necesitó argumentos éticos para hacer decapitar al Rey Carlos I, sino poder popular para implantar un período republicano. Crownwell había intentado transformar el régimen monárquico hacia comportamientos más magnánimos, utilizando la fuerza de la razón, pero el monarca no se dejó persuadir. Esta actitud impondría la razón de la fuerza, de forma que se dice que Crownwell pronunció esta frase tan concluyente: "le cortaremos la cabeza al Rey con la corona puesta" (Ashley; 1961, 89); posteriormente, dirigiéndose a la Convención Nacional, Sant Just evaluaría este hecho suavizando la expresión: "juzgado (el rey) según los derechos de la gente, se rechazó la fuerza por medio de la fuerza", (Muniesa; 1987, 122)
Cuando Alfonso XIII, el abuelo de D. Juan Carlos, aceptó la renuncia al trono fueron los hechos los que le convencieron de que los republicanos españoles tenían la razón de la fuerza en sus manos para proclamar la República; mucho tiempo antes ya venían utilizando la fuerza de los argumentos para que abandonase el país, pero con sólo la fuerza de la razón no se conseguía el requerido externamiento.
Con la RB ocurre los mismo. Hace ya bastantes años que se viene argumentando y demostrando su deseabilidad ética y su viabilidad económica financiera. Esta fuerza de la razón es necesaria. Pero ha llegado el momento de apoyarla abiertamente con la fuerza política popular. La RB es un derecho ciudadano que no ayudará a cambiar la historia sin movilización, sin lucha social , sin exigencia desde las personas, grupos y movimientos. Sin participación popular, sin un amplio movimiento democrático, este derecho ciudadano corre el riesgo de diluirse en la esperanza de los tiempos. Ha llegado el momento de proclamar: además de interpretar la historia, hay que cambiarla. La RB es un derecho ciudadano que nos ayudará a cambiar la historia.
José Iglesias Fernández. Barcelona, primavera del 2001.
Cuadro 1. Prestaciones económicas 2000 (Cuantía media en pesetas)
Fuente: elaboración propia con datos de Contabilidad Nacional de España. Base 1986. INE 1998.
Mes
Año
% sobre SMI
Invalidez
91.200
1.276.800
129,0
Jubilación
91.000
1.264.000
128,7
Viudedad
56.500
791.000
79,9
Orfandad
33.800
473.200
47,8
Favor familias
41.700
583.800
59,0
Pensión media
79.400
-
112,3
Subsidio de paro
72.000
1.008.000
101,9
PIRMI Cataluña
47.506
570.072
67,2
Umbral pobreza
87.552
1.050.624
123,9
Pobreza severa
43.776
525.312
61,9
SMI
70.680
989.520
100,0
Cuadro 2. Distribución de la renta
* Impuestos a la producción y la importación menos Subvenciones de expotación y a la importación
Distribución según el Mercado
Intervención
del Estado
Distribución con Renta Básica
Remuneración de los asalariados
46,5
-
-
Excedente neto de explotación
34,5
-
39,6
Impuestos menos subvenciones*
7,6
-
-
Consumo de capital fijo
11,4
-
11,4
A fondo de Renta Básica
-
100%
50,0
Individual
-
80%
40,0
Colectiva
-
20%
10,0
PIB a precios de mercado
100,0
-
100,0
Notas:
El resumen que hacemos está extraído de P. Van Parijs, Los fundamentos éticos del Estado del Bienestar y de su superación. En Papeles de la FIM, Nº 7, 1996.
Ex post al paso obligatorio por el mercado de trabajo; Ex ante del paso obligatorio por el mercado de trabajo
Véase José Iglesias Fernández. Contra el Capital, la Renta Básica. Cuadernos renta básica, nº 0, pp. 21-27.
Véase la interpretación de P. Van Parijs más elaborada en José Iglesias Fernández. La Renta Básica y los derechos humanos. El vuelo de Ícaro, Nº 1, marzo 2001.
Véase la interpretación de K. Marx más elaborada en José Iglesias Fernández. La Renta Básica y los derechos humanos. El vuelo de Ícaro, Nº 1, marzo 2001.
Si este espacio existiera, que dudo, sería el de un amarillismo político ubicatorio. De Villena dice que "ser de centro es como no ser nada. Es carecer de ideología y aún de ideas". (El Mundo, 24 Junio de 1999)
Günter Grass. En el texto del discurso para recibir el Premio Nobel de Literatura 1999. www.el-mundo.es
Véase José Iglesias Fernández. La Renta Básica y los derechos humanos. El vuelo de Ícaro, Nº 1, marzo 2001.
Entre las últimas adhesiones a esta forma de pensar, cabe destacar las de Darehndorf, Desai, Gorz, Simon y Tobin.
Además de las páginas 19 y 20, véase esta justificación del rechazo al sistema capitalista en José Iglesias Fernández, Contra la dictadura de la burguesía, euroRenta Básica, pp. 30-32, en Ante la falta de derechos, ¡¡Renta Básica, Ya!!. Editorial Virus, Barcelona 2000.
En lo textos incluidos en la biografía, es aconsejable leer detenidamente que entendemos por desigualdad, injusticia, pobreza, marginación , capitalismo, renta mínima de inserción, salario social, impuesto negativo, derechos humanos, etc.
En este trabajo, no hay espacio para desarrollar todos estos aspectos.
Para un análisis y valoración de este programa, véase José Iglesias Fernández La Renta Mínima de Inserción: un caso de beneficencia pública. En El derecho ciudadano a la renta básica. Los libros de la Catarata, Madrid 1998.
Decreto 144/1990, de 28 de maig, regulador del PIRMI, Diari Oficial de la Generalitat de Cataluyna.
Sólo a las personas individualmente cuando constituyen una familia unipersonal
Expresión introducida en la literatura de la RB por Josep Manel Busqueta.
El 50% del PIB (o Umbral de Pobreza agregado) supone el 100% del Fondo total dedicado a la RB; este Fondo de RB se reparte a su vez en un 80% destinado a los ciudadanos/as y un 20% a los bienes de índole colectivo: sanidad, educación, transporte público, vivienda, medio ambiente, etc.
Esquema de lectura y reflexión:
El capitalismo: fase de la globalización
Lectura:
José Iglesias Fernández. Contra el Capital, la Renta Básica. Cuadernos renta básica, nº 0, pp. 21-27., noviembre 1998.
Ramón García Fernández, Miren Etxezarreta y Manolo Sáez. Globalización capitalista: luchas y resistencias. Virus 2001.
Los modelos de bienestar social: ¿qué origen? ¿qué futuro?
Philippe Van Parijs, Los fundamentos éticos del Estado del Bienestar y de su superación. En Ante la falta de derechos, ¡¡Renta Básica, YA!!. Virus 2000.
José Iglesias Fernández. La Renta Básica y los derechos humanos. El vuelo de Ícaro, Nº 1, marzo 2001.
José Iglesias Fernández. El derecho ciudadano a la renta básica. Libros de la Catarata 1998.
José Iglesias Fernández. La pesadilla del "american dream": pobres entre los más ricos. En Manolo Sáez y Sara Nieto. El viaje al corazón de la bestia. Virus Editorial 1999.
José Iglesias Fernández. Ante la falta de derechos, ¡¡Renta Básica, Ya!!. Virus Editorial 2000.